viernes, 22 de mayo de 2020

Suspensión de horas sindicales. Gerente: de "motu propio" - les "honra"

Buenos dias compañeros/as
Se adjuntan dos escritos; el realizado por parte del delegado sindical del SIBCC, y la respuesta del gerente.

Como veréis, aquí en este Consorcio, no se puede hacer nada que este fuera de Ley (según ellos). Deberían mirar todo lo que ellos incumplen, pero la legalidad va solo en un sentido, para los trabajadores y no para el empresario/gestor de la administración. Solo con mirar la ley de Prevencion de Riesgos Laborales ya son presuntos ilegales e imcumplidores de la misma, de forma reiterada.

Por nuestra parte, nos sentimos orgullosos de haber estado prestando servicio junto a nuestros compañeros al pie del cañón, en estos días tan complicados, sin escondernos detrás de la Ley, ya que esta nos ampara y podíamos haber hecho uso del crédito sindical. Cuestión que no hemos hecho porque pensábamos en pro del servicio y del ciudadano. 
Un vez más, vemos como ayudar en este Consorcio no sirve de nada porque después te tratan de estupido y dan respuestas "legales" 
Qué lastima de Administración con estos gestores y estos técnicos con tan poca seriedad. 

Un fuerte abrazo compañeros/as.
Atte. delegados del SIBCC


PD: Nos comentan que el nuevo gerente esta usando ropa de bombero cuando visita los parques (se lo preguntaremos personalmente). Puesto que es un cargo de gestor, de libre designación y no es personal operativo activo, creemos que no debería usar esta ropa.







PETICION


D. JOSE MANUEL ARIAS RUIZ, delegado de prevención y representante del Sindicato Independiente de Bomberos del Consorcio de Córdoba, SIBCC
EXPONE
Que ante la excepcionalidad e incertidumbre de la situación actual generada por el COVID-19, los delegados sindicales de éste Consorcio de Bomberos de Córdoba decidieron arrimar el hombro suspendiendo la petición de horas sindicales inicialmente, colaborando en la organización del servicio con la dirección técnica, con el único objetivo de no movilizar efectivos para la devolución de las mismas, y en consecuencia, aumentando los recursos humanos disponibles en caso de necesidad ante previsibles bajas o ausencias generadas en los parques de bomberos.
            Que en conversación telefónica tenida con Director Técnico el día 15 de Marzo de 2020, el representante sindical del SIBCC le trasladó personalmente que renunciaba a las horas sindicales pedidas para el día 16 de marzo de 2020 y que el correturnos movilizado no las realizase (de 8:00 horas a 18:00 horas, total:10 horas), la idea era respetar la configuración de los grupos de trabajo 1 y 2 diseñados, y que el personal se rotase o cruzase lo menos posible. 
            Igualmente le comuniqué en esa conversación, que dichas horas se acumularían para posterior disfrute cuando la situación del estado de alarmano estuviera en vigor, a pesar de ser la acción sindical una de las actividades recogidas en dicho decreto, como hemos podido ver posteriormente. A lo que él asintió e incluso me agradeció el gesto personal de no utilizarlas y me comentó que no habría ningún problema.
            Que desde el 16 de marzo de 2020 hasta el 30 de abril de 2020, el Sindicato SIBCC ha acumulado un total de 140 horas sindicales no disfrutadas, siendo 50 horas las correspondientes al mes de Marzo y 90 horas del mes de Abril.

SOLICITA
            Poder hacer uso desde el SIBCC de esas horas sindicales acumuladas a lo largo del año 2020, en total 140, una vez no esté en vigor el estado de alarma decretado y el servicio pueda tener una mejor organización para su devolución.
            En caso de no poder ser disfrutadas cuando los dos delegados del SIBCC lo solicitasen, ambos contemplan la posibilidad de hacerlo alternándose en la petición de las mismas, dado que están en grupo de 4 efectivos al tener la presencia con ellos del Bombero Conductor Correturnos, no suponiendo coste económico para el Consorcio la fórmula propuesta, y que permita devolverles dichas horas no disfrutadas, ante la situación de excepcionalidad vivida.
Córdoba a 15 de Mayo de 2020 
SR PRESIDENTE DEL CONSORCIO PROVINCIAL DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE CÓRDOBA




RESPUESTA


D. José M. Arias Ruiz
Delegado Sindical de S.I.B.C.C. 

Visto el escrito por Vd. presentado con fecha 15-5-2020 y No. de Registro de Entrada 082/RT/E/2020/620, mediante el que solicita poder disponer, a lo largo de lo que resta de año, de las horas sindicales no usadas desde el mes de marzo, debido al estado de alarma, le informamos en primer lugar que desde este Consorcio no se ha dado ninguna instrucción en el sentido de impedir el uso de horas sindicales, sino que han sido las organizaciones sindicales de “motu propio” las que han decidido, en un gesto que les honra, no hacer uso de los créditos de horas correspondientes a estos meses debido al estado existente y en segundo lugar que el crédito mensual de horas sindicales debe utilizarse en el mes natural al que pertenecen, como su propio nombre indica, no siendo posible la acumulación a otras mensualidades, lo que im- posibilita la creación de una bolsa de carácter temporal diferente al establecido legalmente.

EL GERENTE (Firmado y fechado electrónicamente)
Fdo. Rafael Agredano Castro

RECORDATORIO ANUAL - BOMBER@S CONSORCIO CORDOBA