viernes, 12 de febrero de 2016

"Día Mundial de las Enfermedades Raras 2016" II Carrera de Relevos



COMPAÑEROS Y AMIGOS DEL CONSORCIO DE BOMBEROS DE CÓRDOBA.
 
AYUDEMOS DEPORTIVAMENTE A NUESTRO COMPAÑERO JESÚS, PERTENECIENTE AL PARQUE DE BOMBEROS DE MONTORO Y A TANTAS FAMILIAS QUE LO NECESITAN. 
 
LOS BOMBEROS SOMOS SOLIDARIOS. VAMOS A DEMOSTRARLO CORRIENDO.
MUCHO ÁNIMO


INFORMACION: 
 
El próximo domingo 21 de febrero de 2016 con motivo del "Día Mundial de las Enfermedades Raras 2016"
 se realiza la II Carrera de Relevos "Por Un Mundo sin Enfermedades Raras" 
entre los equipos Red de Padres Solidarios y
UPSACO (Unión Profesional de la Sanidad de Córdoba), 
constituida por los Colegios Profesionales de MedicinaEnfermeríaDentistasFarmacéuticos Veterinarios,
 este año son muchos, pero perderán seguro ante las familias.

El recorrido se inicia en la Barriada de Villarrubia, sigue por la Barriada del El Higuerón, 
pasara por todos los Distritos de Córdoba y concluiremos en el Arco el Triunfo
 junto a la Mezquita-Catedral donde os esperaremos a todos.

Os animamos a que corráis con nosotros por UN MUNDO SIN ENFERMEDADES RARAS.

Debéis inscribiros en la web del Red de Padres Solidarios www.reddepadressolidarios.com y reservar vuestro dorsal.

Para los que siempre queréis ayudarnos con el Dorsal Solidario 
nos lo podéis hacer llegar a la Cta. de la Asociación: ES44 0133 3660 3542 0000 0746 LA CAIXA

Solicitaros que hagáis difusión de la carrera por vuestras redes sociales, 
y como siempre agradecidos por vuestro tiempo y apoyo.



viernes, 9 de octubre de 2015

Real Decreto 383/2008, de 14 de marzo, por el que se establece el coeficiente reductor de la edad de jubilación en favor de los bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos.


Real Decreto 383/2008, de 14 de marzo, por el que se establece el coeficiente reductor de la edad de jubilación en favor de los bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos.


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Real Decreto 383/2008, de 14 de marzo, por el que se establece el coeficiente reductor de la edad de jubilación en favor de los bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicosAbrir el documento: Real Decreto 383/2008, de 14 de marzo, por el que se establece el coeficiente reductor de la edad de jubilación en favor de los bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicosPDF48 Kb11/09/2013
Última actualización: 11 de septiembre de 2013
Lo dispuesto en este real decreto se aplicará a los trabajadores por cuenta ajena y empleados públicos, incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social, que presten servicio como bomberos, en sus diferentes escalas, categorías o especialidades, en corporaciones locales, en comunidades autónomas, en el Ministerio de Defensa, en el Organismo Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea, así como en los consorcios o agrupaciones que pudieran tener constituidos las expresadas administraciones.
1. La edad ordinaria de 65 años exigida para el acceso a la pensión de jubilación se reducirá en un período equivalente al que resulte de aplicar a los años completos efectivamente trabajados como bombero el coeficiente reductor del 0,20 con respecto a quienes se refiere el artículo 1.
2. La aplicación de la reducción de la edad de jubilación prevista en el apartado anterior en ningún caso dará ocasión a que el interesado pueda acceder a la pensión de jubilación con una edad inferior a los 60 años, o a la de 59 años en los supuestos en que se acrediten 35 o más años de cotización efectiva, sin cómputo de la parte proporcional correspondiente por pagas extraordinarias, por el ejercicio de la actividad de bombero.
Para el cómputo del tiempo efectivamente trabajado, a efectos de la aplicación del coeficiente establecido en el artículo anterior, se descontarán todas las faltas al trabajo, salvo las siguientes:
a) Las que tengan por motivo la baja médica por enfermedad común o profesional, o accidente, sea o no de trabajo.
b) Las que tengan por motivo la suspensión del contrato de trabajo por maternidad, paternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural.
c) Las autorizadas en las correspondientes disposiciones laborales con derecho a retribución.
El período de tiempo en que resulte reducida la edad de jubilación del trabajador, de acuerdo con lo establecido en los artículos anteriores, se computará como cotizado al exclusivo efecto de determinar el porcentaje aplicable a la correspondiente base reguladora para calcular el importe de la pensión de jubilación.
Tanto la reducción de la edad como el cómputo, a efectos de cotización, del tiempo en que resulte reducida aquélla, que se establecen en los artículos anteriores, serán de aplicación a los bomberos que hayan permanecido en situación de alta por dicha actividad hasta la fecha en que se produzca el hecho causante de la pensión de jubilación.
Asimismo, mantendrán el derecho a estos mismos beneficios quienes habiendo alcanzado la edad de acceso a la jubilación que en cada caso resulte de la aplicación de lo establecido en el artículo 2 cesen en su actividad como bombero pero permanezcan en alta por razón del desempeño de una actividad laboral diferente, cualquiera que sea el régimen de la Seguridad Social en el que por razón de ésta queden encuadrados.
De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional cuadragésima quinta del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, y con la finalidad de mantener el equilibrio financiero del sistema, la aplicación de los beneficios establecidos en este real decreto llevará consigo un incremento en la cotización a la Seguridad Social a efectuar en relación con el colectivo delimitado en el artículo 1, en los términos y condiciones que se establezcan legalmente.
* NOTA: a partir del 24-11-2011, esta disposición adicional ha pasado a ser la primera, de conformidad con lo establecido en la disposición final segunda del Real Decreto 1698/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula el régimen jurídico y el procedimiento general para establecer coeficientes reductores y anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social.
Los derechos que se deriven de lo establecido en este real decreto se seguirán reconociendo en sus propios términos a los trabajadores que, conforme a lo dispuesto en el artículo 1, estén comprendidos en su ámbito de aplicación, aunque se produzca un cambio en la titularidad del servicio público que vengan prestando.
* NOTA: esta disposición ha sido añadida por la disposición final segunda del Real Decreto 1698/2011, de 18 de noviembre, por el que se regula el régimen jurídico y el procedimiento general para establecer coeficientes reductores y anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social.
Durante el año 2008 el acceso al derecho a la pensión de jubilación con aplicación del coeficiente reductor establecido en este real decreto quedará limitado a quienes hayan cumplido la edad de 63 años, límite que se rebajará a 61 años durante el año 2009.
No obstante lo establecido en el párrafo anterior, cuando, durante los expresados años 2008 y 2009, por aplicación de lo previsto en este real decreto pudiera llegar a causar derecho a la pensión de jubilación un número de bomberos que sobrepasara el 10 por ciento de la correspondiente plantilla, el acceso al derecho a la pensión se pospondrá en el tiempo mínimo indispensable para la renovación de dicha plantilla.
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.17.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social.
Se faculta al Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales para dictar las disposiciones de carácter general necesarias para la aplicación y desarrollo de este real decreto.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».



http://www.seg-social.es/Internet_1/Normativa/103685


domingo, 5 de julio de 2015

Oferta Afiliados/as del SIBCC

Buenas tardes compañeros del SIBCC!! 

A continuación os pasamos una serie de ofertas privadas en materia de salud, seguro de hogar, seguro de vida y seguro de ocio que nos ha hecho llegar la correduría de seguros con las cual trabajamos y que actualmente tenemos suscritas las pólizas de defensa jurídica y suspensión de empleo y sueldo como ya sabéis.

La primera información facilitada es referente al "seguro/póliza médico por I.T." por contingencia/enfermedad común.


BUENOS DIAS JOSE MANUEL:

INDICARTE QUE SE HA CERRADO PRECIO PARA AÑO 2015 DE SEGURO DE INCAPACIDAD TEMPORAL PARA SINDICATO DE HUELVA, SEVILLA,CADIZ, GRANADA, MOTRIL Y ALMERIA CUYO IMPORTE POR AFILIADO Y AÑO ES DE 48,10€.

LA COBERTURA ES DEL DIA 1 AL 20 CON 20€ DIARIOS PARA INCAPACIDAD TEMPORAL DERIVADA DE CONTINGENCIAS COMUNES.

SI ESTAIS INTERESADOS EN UNIROS A ESTE COLECTIVO DE I.T. RUEGO TE PONGAS EN CONTACTO CON NOSOTROS.
 
TAMBIEN INFORMAROS QUE EL SEGURO DE SALUD QUE YA TENIAN ALGUNOS COLECTIVOS FIRMADO CON DKV SE HA MEJORADO EN CUANTIA PARA EL AÑO 2015, RONDANDO LOS 40€ POR AFILIADO Y MES Y EXTENSIBLE A LOS FAMILIARES.


A continuación os pasaré los enlaces/información referente al resto de ofertas facilitadas en forma de archivos PDF más abajo. (Consurtar vuestro mail y/o grupo facebook)



Atentamente, delegados del SIBCC

jueves, 18 de junio de 2015

Juicio contra el Consorcio. Traslado de Bomberos entre parques.

Buenos días Compañeros Afiliados al Sindicato SIBCC El pasado martes 16 de junio de 2015 teníamos cita para la celebración del juicio contra este Consorcio en vista de su actitud negativa de cesar en el traslado de bomberos entre los distintos parques de forma habitual y rutinaria desde hace varios años. El viernes 12 de junio celebramos una Mesa de Negociación en la que acordamos-firmamos un pacto entre ambas partes (Sindicatos y Consorcio) para evitar estos movimientos, en este precipitado acuerdo no se garantizaban ciertas cuestiones que a posteriori nos ha apuntado nuestro abogado. Además la petición hecha por parte del SIBCC y no atendida por este Consorcio para conocer el numero de traslados realizado ha sido solicitada desde el propio juzgado y esta numerosa documentación se depositó en el juzgado de lo contencioso-administrativo con retraso, motivo por el cual el abogado del SIBCC decidió de forma inmediata la suspensión de dicho juicio; informaros de que la documentación solicitada y depositada en el juzgado es la siguiente: -todos los libros de incidencias desde el año 2011 hasta la fecha y nos da un numero aproximado de 480 libros, los cuales habrá que fotocopiar y revisar según nos solicita el abogado para conocer cifras exactas. Os solicitaremos ayuda mas adelante para la recopilación de estos datos, al menos un efectivo de cada parque. Gracias Comunicar que la celebración de este juicio suspendido se ha marcado para el próximo 15 de septiembre de 2015 a las 10:15 horas. Córdoba, 18 de junio de 2015 Sin mas, quedamos a vuestra entera disposición. Atte. Delegados del SIBCC

jueves, 26 de febrero de 2015

Una protesta no tan silenciosa de los bomberos de la Diputación

Una protesta no tan silenciosa de los bomberos de la Diputación

CORDÓPOLIS | 26 de febrero de 2015 a las 4:33 |

Los bomberos, a las puertas de la Diputación | MADERO CUBERO
Los bomberos, a las puertas de la Diputación | MADERO CUBERO
Personal del Consorcio se concentra a las puertas del Palacio de la Merced donde negocian directamente con el gerente del organismo
Era una protesta silenciosa, pero no acabó siéndolo tanto. El personal del Consorcio de Bomberos de la Diputación de Córdoba había convocado una protesta silenciosa, a las puertas del Palacio de la Merced, pero se encontró con el gerente del organismo. Allí mismo, en la puerta, personal del Consorcio rompieron su silencio cuando se encontraron con el responsable del organismo.
Los motivos de la protesta se centran en la promesa por parte del gerente del Consorcio de que el personal pasaría este año al grupo C1 y ahora se da marcha atrás aludiendo problemas presupuestarios, reza el comunicado al que ha tenido acceso este medio.
Pero ésta no es la única reivindicación que plantea el personal del Servicio contra Incendios de la institución provincial. Junto a las mejoras en la categoría, los bomberos muestran su oposición al “al traslado de bomberos entre los parques de forma habitual y rutinaria, dejando los parques de bomberos solo con 3 efectivos para atender todas las emergencias”. Estos hechos, según los convocantes, están denunciados ante el juzgado de lo Contencioso Administrativo y pendientes de juicio.
Los bomberos reclaman que exista un mínimo de cuatro efectivos por turno, esto es, tres bomberos y un jefe de servicio. Esta dotación mínima se incumple de “forma sistemática”, según el personal del Consorcio de Bomberos.

 Fuente: http://cordopolis.es/2015/02/26/una-protesta-no-tan-silenciosa-de-los-bomberos-de-la-diputacion/

miércoles, 25 de febrero de 2015

DIPUTACION CONCENTRACION DEL SIBCC

Los bomberos piden la revisión de las categorías

Creen que todos los profesionales deben ser ascendidos a C-1


  •  Los bomberos, en la protesta de ayer. - Foto:A.J. GONZALEZ
    Los bomberos, en la protesta de ayer. - Foto:A.J. GONZALEZ

RAFAEL VALENZUELA 26/02/2015
El Sindicato Independiente de Bomberos del Consorcio de Córdoba (Sibcc) organizó ayer una concentración a las puertas de la Diputación para rechazar los presupuestos aprobados para la entidad y para que se tengan en cuenta las demandas del colectivo profesional. Entre estas demandas, la más importante, según explicaron ayer, es la de pasar al grupo profesional C-1 a los trabajadores, con fecha uno de enero del 2015, tal y como aseguran que se había acordado, ya que incluso se ha llevado a cabo el curso de homologación preceptivo. Los bomberos reclaman también que haya tres bomberos por turno y parque, un jefe de turno permanentemente, y se niegan al traslado de bomberos entre parques.
El gerente del Consorcio, Juan Carlos Jurado, señaló ayer que esas nuevas calificaciones profesionales tendrá que hacerlas la nueva junta directiva del organismo provincial, ahora solo constituida por los siete ayuntamientos mayores de 20.000 habitantes y la Diputación. 

Fuente de informacion: http://www.diariocordoba.com/noticias/cordobaprovincia/bomberos-piden-revision-categorias_943131.html

Los DELEGADOS del Sindicato Independiente de Bomberos del Consorcio de Córdoba (SIBCC)



Los DELEGADOS del Sindicato Independiente de Bomberos del Consorcio de Córdoba (SIBCC), con domicilio a efectos de notificaciones, en Córdoba, ante la Diputación de Córdoba-Consorcio comparecen y le,

EXPONEN
            Que este Sindicato rechaza los presupuestos presentados/aprobados, entendiendo que no se le ha permitido a la parte social aportar ni modificar ciertas partidas presupuestarias, únicamente se les dio traslado de forma verbal el día 14 de enero de 2015.
            Que existe una Mesa de Prevención legalmente constituida y compuesta por tres Delegados y tres miembros de este Consorcio para velar por la Seguridad y Salud de los trabajadores y no se le ha pedido opinión alguna a la hora de confeccionar este apartado en los presupuestos, habiendo ciertas partidas que considera esta parte social prioritarias.
            Que no entendemos la negativa por parte de la Presidencia/Gerencia de pasar al Grupo C1 en la fecha prevista una vez finalizado el curso de adaptación de todo el personal (organizado desde el departamento de formación continua de Diputación), alegando falta de presupuesto cuando se quieren crear unas plazas denominadas Jefes de Zona (Grupo A2) de forma inmediata, sin estar aun la dotación mínima necesaria (4 efectivos) para atender las intervenciones.
            Por todo lo expuesto anteriormente,

SOLICITAN
            Que se realicen las modificaciones presupuestarias oportunas en beneficio de las demandas de los trabajadores de este Consorcio y sean aprobadas en la Mesa General de Negociación.
            Que la dotación mínima y necesaria sea diariamente la que se acordó con la parte social y comprometió con los municipios en todos los turnos y en todos los parques de bomberos que el Consorcio Provincial de Bomberos tiene a su cargo, lo cual se incumple reiteradamente y de forma habitual.
-          Paso al grupo C1 desde enero del 2015 tal y como aseguró el Sr. Gerente.
-          Tres Bomberos en todos los turnos y en todos los parques de bomberos.
-          Un Jefe de Turno en todos los turnos durante todo el año.
-          Oposición unánime desde la parte social al traslado de bomberos entre los parques de forma habitual y rutinaria, dejando los parques de bomberos solo con 3 efectivos para atender todas las emergencias.
-          Falta de material de primera intervención, caducidad de herramientas, flota de vehículos inseguros y con más de 20 años de antigüedad, edificios en pésimas condiciones, etc.
Córdoba, 25 de febrero de 2015
       

SR. PRESIDENTE DEL CONSORCIO PROVINCIAL DE PREVENCIÓN
Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE CÓRDOBA

Concentracion Bomberos Diputacion-Consorcio de Cordoba. 25. 02. 2015

lunes, 23 de febrero de 2015

Concentración Bomberos del Consorcio

Preparan movilizaciones los bomberos - Foto:A.J. GONZALEZ
24/02/2015

Córdoba La falta de negociación y el rechazo a la creación de cinco puestos de trabajo es el motivo que ha llevado a los bomberos del consorcio a movilizarse, según explicó Manuel Fernández. Mañana se concentran a las puertas del palacio de La Merced.

http://www.diariocordoba.com/noticias/cordobaprovincia/preparan-movilizaciones-bomberos_942534.html?utm_source=noticias_diario&utm_medium=newsletter&utm_campaign=2015-02-24

RECORDATORIO ANUAL - BOMBER@S CONSORCIO CORDOBA