D. FRANCISCO ARÉVALO PLATA, Presidente
de la Junta de Personal Funcionario en el Consorcio Provincial de Prevención y
Extinción de Incendios de Córdoba, con domicilio a efecto de notificaciones en
Córdoba, por medio del
presente documento comparece y le,
EXPONE
Que
el día 30 de abril de 2.012 dos de los tres efectivos del turno de noche del
parque comarcal de Lucena-Cabra se vieron obligados mediante escrito firmado
por el Sr. Gerente, a realizar un servicio de prevención, considerados en el
Acuerdo Marco como Servicios Especiales,
con motivo de de la tirada de unos fuegos artificiales durante la celebración
de una Procesión en el pueblo de Lucena.
Que
este servicio es debido a un “cambio de
fecha sobrevenido por cuestiones climatológicas” según manifiesta el Sr.
Gerente en su escrito, y que se tenía que cubrir durante un espacio de 20
minutos en previsión de incidencias con motivo de disparar un castillo de
fuegos artificiales en el momento de su encierro.
Que
la dotación de turno desplazada para este servicio se mantuvo por un espacio de
tiempo total de 2 horas el cual quedo un
solo bombero para cubrir el resto poblaciones.
Que
en dicho escrito se hace referencia a que en caso de intervención se cuente con
el personal que pernocta esa noche en el parque.
Por
todo lo anteriormente expuesto le,
SOLICITA
Que en el punto 1 del Anexo III del
Acuerdo Marco, se expresa claramente que el máximo responsable del funcionamiento operativo del Consorcio es el
Director Técnico, por tanto es él quien debe firmar y responsabilizarse de
estas temerarias acciones como personal técnico y funcionario.
Que un cambio de fechas no en un
motivo justificado para que los efectivos del turno tengan que abandonarlo para
asistir a unos Servicios Especiales.
Que
si se estaba contando con el personal que esa noche pernoctaría en el parque se
tenía que haber encargado a ese personal la asistencia a dicho evento y no a
los efectivos del turno de guardia.
Encarecidamente,
que no se vuelvan a repetir estas acciones. Que entendemos la situación
económica del Consorcio pero que por “ahorrar” en Servicios Especiales no se
debe mermar el servicio profesional de bomberos.
Que
el principal motivo de este escrito es por la mejora del servicio que prestamos
al ciudadano que es al que nos debemos según sus palabras, con las cuales
estamos totalmente de acuerdo.
Esperando
contestación que ruego sea mediante escrito, reciba un cordial saludo.
En Córdoba a, 3 de Mayo de 2.012
SR. PRESIDENTE DEL CONSORCIO PROVINCIAL DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE
INCENDIOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE CÓRDOBA