Este es el “local” que tiene el
Sindicato Independiente de Bomberos, el mayoritario del Consorcio de Bomberos
de Córdoba (SIBCC), “EN UNA CASA PARTICULAR; EN LA HABITACIÓN DE UN NIÑO”.
Hemos solicitado una sala/habitación
para poder desarrollar las actividades propias de un Sindicato en cinco
ocasiones y por distintos medios, obteniendo respuestas y escusas varias tanto
del anterior equipo de gobierno, como del actual Gerente D. JUAN CARLOS JURADO GARCIA
y del actual Presidente D. MANUEL GUTIERREZ MOLERO.
Nos da vergüenza hacer
pública esta situación pero llevamos dos años solicitándolo y establecidos como Sindicato (marzo/11). A los “responsables” de este Consorcio les
importa poco/nada los conflictos con los SINDICATOS ya sean de clase o independientes, sirva esto como ejemplo.
Agradecer a tod@s l@s Afiliad@s y
Compañer@s vuestro continuo ofrecimiento y ayuda para que podamos ejercer nuestra
labor lo mejor posible.
Gracias
A/A. SR. PRESIDENTE DEL CONSORCIO
PROVINCIAL DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE CÓRDOBA
D.
FRANCISCO AREVALO PLATA, Presidente del Sindicato Independiente de Bomberos del
Consorcio de Córdoba, con domicilio en Córdoba, 14011, Calle Isla
Fuerteventura, 62, 1-4º-C, ante el
Consorcio comparezco y como mejor en derecho proceda, DIGO:
La
labor que desempeña este Sindicato Independiente, que como le puede constar en
este Consorcio, es de una actividad muy importante que precisa inexcusablemente
contar, y que la empresa le facilite, de los medios idóneos para poder
desempeñar su labor de manera independiente, con pulcritud y con máxima
efectividad, en defensa de los intereses de sus afiliados que además redundan
en todos los trabajadores de esta empresa.
El
art. 65 del acuerdo MARCO recoge los siguientes extremos:
“El Consorcio
facilitará a los representantes de los/as trabajadores/as los medios necesarios
para el cumplimiento de sus funciones, tales como:
a)
Tablones
de Anuncios independientes para cada Comité de Empresa y Sección Sindical, que
deberán situarse lo más próximo posible a los accesos de entrada o salida de
los centros de trabajo.
b) Los locales y medios materiales
para los Comités y Secciones Sindicales reconocidos por el Consorcio.”
Es
lamentable que por parte de este Consorcio, independientemente de apreciar
graves anomalías en los equipos de prevención de riesgos laborales, seguridad y
salud pública respecto a 12 bomberos que trabajan sin el equipo de protección
individual y que tuvimos que denunciar ante la Inspección de Trabajo, con
informe favorable a la misma, no cuente con los medios que la empresa tiene la
obligación de facilitar, según el precepto anteriormente indicado. Uno de ellos
es la cesión gratuita de un local a fin de que pueda fijar su sede este
sindicato y poder desempeñar sus funciones con absoluta normalidad.
En
el centro de trabajo existe una habitación en el segundo edificio de los
Colegios Provinciales que está vacía y sin uso alguno, la cual sería idónea
para este menester, por lo que desde este momento solicitamos dicha cesión con
la consiguiente dotación económica para poder asumir los gastos de instalación:
utillaje, mobiliario, medios técnicos, etc.
Es
un Derecho reconocido legalmente y acordado dentro de este ámbito y que puede
ser facilitado sin ningún tipo de problema.
Fdo:
D. Francisco Arévalo Plata
Córdoba,
24 de Julio de 2013