lunes, 27 de octubre de 2014

DENUNCIAN en primera instancia mediante el Registro General de Entrada el incumplimiento reiterado del Artículo 30.2



Los DELEGADOS del Sindicato Independiente de Bomberos del Consorcio de Córdoba, con domicilio a efectos de notificaciones, en Córdoba, en Avenida del Mediterráneo s/n (Colegios Provinciales), CP 14011, ante el Consorcio comparecen y,

DENUNCIAN en primera instancia mediante el Registro General de Entrada el incumplimiento reiterado del Artículo 30.2 del vigente y prorrogado Acuerdo Marco por parte de este Consorcio.             Instamos al responsable del mismo a que de las órdenes oportunas con el fin de cesar estos reiterados abusos e incumplimientos que hasta la fecha se vienen produciendo, utilizando al personal del turno (Jefe de turno/Bomberos Conductores) para otras funciones sin estar en sus cometidos diarios tal y como recoge el Acuerdo Marco en su ANEXO III. Funciones del Jefe de Turno y Funciones del Bombero Conductor.

“Articulo 30.2. Al personal que por necesidades tuviese que realizar algún servicio en días de descanso para ferias, romerías, rallyes, visitas de colegios actividades deportivas, I.T.V., reuniones de trabajo, o desplazamientos con vehículos del Consorcio…”
Córdoba, 26 de octubre de 2014


Francisco Arévalo Plata                      Marcelo Quintero Galisteo      Jose Manuel Arias Ruiz

SR. PRESIDENTE DEL CONSORCIO PROVINCIAL DE PREVENCIÓN
Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE CÓRDOBA



RECORDATORIO ANUAL - BOMBER@S CONSORCIO CORDOBA