Los
DELEGADOS del Sindicato
Independiente de Bomberos del Consorcio de Córdoba, con domicilio a efectos de
notificaciones, en Córdoba, en Avenida del Mediterráneo s/n, CP 14011, ante el
Consorcio comparecen y le,
EXPONEN
Este
Sindicato quiere hacer constar, que ante la postura negativa por parte de éste
Consorcio para atender las peticiones hechas de no desplazar a personal de un
parque a otro al que el trabajador no está adscrito, práctica esta que no solo,
no ha sido atendida, sino que cada vez se hace de forma más reiterada,
rutinaria y habitual para solucionar la escasez de personal de este Consorcio.
Por
todo lo expuesto anteriormente
SOLICITAN
Que
cada vez que se traslade a un efectivo a otro parque distinto al que
habitualmente presta sus servicios, se haga mediante escrito correspondiente
por el órgano competente, indicando los parques de procedencia y destino,
horarios en los que se hace la ida y la vuelta, nombre del trabajador/a que
tiene que desplazarse y vehículo con el que se hará dicho desplazamiento y que de
esta forma quede constancia formal de la orden.
Esperando recibir respuesta justificada, la cual
rogamos sea por escrito.
Córdoba,
19 de diciembre de 2013
Francisco
Arévalo Plata Marcelo Quintero Galisteo Jose Manuel Arias Ruiz
SR. PRESIDENTE
DEL CONSORCIO PROVINCIAL DE PREVENCIÓN
Y EXTINCIÓN DE
INCENDIOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE CÓRDOBA
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Los
DELEGADOS del Sindicato
Independiente de Bomberos del Consorcio de Córdoba, con domicilio a efectos de
notificaciones, en Córdoba, en Avenida del Mediterráneo s/n, CP 14011, ante el
Consorcio comparecen y le,
EXPONEN
Que
como consecuencia de la movilización y desplazamiento habitual y no con
carácter excepcional de efectivos, funcionarios de carrera y funcionarios
interinos adscritos a un parque concreto donde desempeñan sus funciones, entre
los once parques que conforman el Consorcio Provincial de Prevención y
Extinción de Incendios de Córdoba, en adelante CPPEI, para cubrir turnos de
trabajo que presentan carencias de personal.
Argumentando
necesidades del servicio la dirección técnica del CPPEI actúa obviando el
artículo 30 del Acuerdo – Marco en su punto 3, donde se cita textualmente:
“Cuando
se produzca la sustitución de un compañero por alguna causa y sea imposible por
su prontitud la contratación de un nuevo empleado o la realización de las horas
necesarias por algún empleado contratado con esta finalidad, (personal integrante del programa PRODIME NOVA-21 y
personal contratado para bajas/licencias/permisos), estas horas o turnos
los cubrirá cualquier trabajador del parque con un máximo de dos turnos,
compensándosele como horas extraordinarias con el 42% de incremento sobre el
valor hora de trabajo ordinaria.”
SOLICITAN
1.-
La contabilización del total de desplazamientos efectuados por cada uno de los
miembros de los parques integrantes del CPPEI, en especial por funcionarios de
carrera y funcionarios interinos, desde que se optó por esta práctica por parte
de la dirección técnica para cubrir las necesidades del servicio que pudieran
plantearse.
2.-
La regulación escrupulosa de esta práctica y no de forma arbitraria pues se
crea una situación de inseguridad y vulneración de derechos al trabajador que
deben ser tutelados, en unos turnos equitativos y racionales a fin de que cada
uno pueda organizarse en base a los mismos.
Esperando recibir respuesta justificada, la cual
rogamos sea por escrito.
Córdoba,
19 de diciembre de 2013
Francisco
Arévalo Plata Marcelo Quintero Galisteo Jose Manuel Arias Ruiz
SR. PRESIDENTE
DEL CONSORCIO PROVINCIAL DE PREVENCIÓN
Y EXTINCIÓN DE
INCENDIOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE CÓRDOBA