jueves, 12 de marzo de 2020

DECRETO DE LA DIPUTADA DE HACIENDA Y GOBIERNO INTERIOR (COVID-19)


DECRETO DE LA DIPUTADA DE HACIENDA Y GOBIERNO INTERIOR

La situación generada por la evolución del coronavirus COVID-19 ha supuesto
la adopción de medidas de contención extraordinarias por las autoridades de salud
pública. En virtud de ellas, se requiere la adopción de cuantas determinaciones sean
necesarias para aunar la protección de la salud de las empleadas y empleados
públicos con la adecuada prestación de los servicios públicos.

Las presentes medidas de carácter organizativo tendrán el carácter temporal
que determinen las indicaciones de las autoridades competentes y se adoptan de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 47 y 51 del texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30
de octubre.

Las previsiones contempladas en la presente Resolución, en sintonía con las
aprobadas por la Administración General del Estado (Resolución de 10 de marzo del
corriente del Secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública) se
establecen sin perjuicio de la sujeción de todo el personal a las necesidades del
servicio y de su disposición, cuando se les requiera, para la prestación de los servicios
públicos encomendados a la Diputación Provincial.
Todas las actuaciones que se acuerden se basarán en las pautas que se
establezcan por las autoridades sanitarias.

En su virtud RESUELVO:

Se constituye una Comisión integrada por personal técnico y de los órganos de
gobierno para implementar todas las actuaciones imprescindibles en la Diputación
Provincial para hacer frente a la situación generada por la evolución del coronavirus
COVID-19. A este fin, se han dispuesto las siguientes medidas iniciales:

1. Se suspenden todos los actos y eventos de carácter público en la sede de la
Diputación Provincial y Albergue de Cerro Muriano, sin perjuicio de hacerla
extensiva a otros centros o edificios provinciales.

2. Conforme al Procedimiento de actuación de los Servicios de Prevención frente
a la exposición al Coronavirus, la Unidad de Prevención de riesgos laborales
ha determinado los puestos de trabajo con exposición de riesgo, exposición de
bajo riesgo y baja probabilidad de exposición e informará a las personas que
los ocupan de las medidas de prevención específicas.

3. En Registro, OPAC y ene general en todas aquellas dependencias de atención
al público se priorizará la atención telefónica y telemática, evitando en la
medida de lo posible la presencia física de los ciudadanos

4. Se posponen los cursos y actividades formativas de carácter presencial, y se
fomentará la formación por medios telemáticos.

5. Se podrá posponer, por el tiempo imprescindible, la celebración de pruebas
selectivas, especialmente aquellas de concurrencia masiva.

6. En la medida de lo posible se evitarán las reuniones de trabajo, disponiéndose
en todo caso la suspensión de aquellas que impliquen desplazamientos a otra
localidad, para lo cual se fomentará el uso de la videoconferencia.

7. Se recomienda posponer todos los viajes de trabajo que no sean
imprescindibles para la normal prestación de servicios esenciales.

8. Con el objetivo de garantizar la prestación de los servicios públicos se podrán
permitir modalidades no presenciales de trabajo. A este fin, desde EPRINSA se
facilitarán los medios técnicos necesarios en los términos previstos en el
Reglamento de teletrabajo, para lo cual se contactará con los Servicios para
determinar aquellos puestos de trabajo que puedan desempeñarse bajo esta
modalidad.

9. Se elaborarán protocolos específicos de actuación para el personal de limpieza
y para el Centro de Discapacitados Psíquicos Profundos. Como consecuencia
de los supuestos previstos en esta Resolución, podrá acordarse la
reorganización de turnos, dentro de su ámbito organizativo

10. Por la Unidad de Prevención de riesgos se proporcionarán las medidas de
protección individual (incluyendo el equipo de protección individual (EPI)),
adecuadas y proporcionales al riesgo o riesgos frente a los que debe ofrecerse
protección acorde con la actividad laboral o profesional.

11. Se recomienda encarecidamente a todo el personal de la Diputación Provincial,
de las empresas y organismos dependientes y de los servicios externalizados
(vigilantes, personal de limpieza, climatización, etc.) que observen en los
centros de trabajo las medidas dispuestas por las autoridades sanitarias para
evitar los contagios de la enfermedad, de las que la higiene de manos con
máxima frecuencia es la medida principal de prevención y control de la
infección. Para ello, se facilitarán envases de jabón con solución de alcohol.

12. Las solicitudes, oficios y comunicaciones de carácter interno se harán
exclusivamente por medios electrónicos, email, GEX. etc.

13. Si como consecuencia de la evolución de la epidemia se acordara por las
autoridades el cierre de centros educativos o de mayores, el personal al
servicio de la Diputación Provincial que tenga a su cargo menores o mayores
dependientes y se vea afectado por el cierre, le serán de aplicación las
siguientes medidas, por el tiempo que las autoridades competentes determinen
y de acuerdo con las instrucciones de sus respectivos jefaturas:

 Flexibilización de la jornada laboral sin sujeción a los límites previstos
en las disposiciones del Acuerdo y Convenio Colectivo.
 En el caso de que sea imprescindible, se permitirá la permanencia del
personal en su domicilio, teniendo la consideración de deber
inexcusable de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 j) del
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
 En el caso de que ambos progenitores o responsables del mayor
dependiente tengan la condición de personal al servicio de la
Diputación o de sus entidades dependientes, no podrán disfrutar de
estas medidas simultáneamente.

14. A la presente resolución se le dará la mayor difusión entre el personal de la
Diputación y usuarios de los servicios públicos.

15. La Comisión técnica evaluará la aplicación de las medidas adoptadas y en
base a dicha evaluación acordará todas las que sean necesarias, así como en
función del grado de evaluación de la enfermedad.

Firmado por Diputada de Hacienda y Gobierno Interior CAÑETE MARZO FELISA el 11/3/2020
Firmado por Jefe de Servicio AMO CAMACHO LUIS SANTIAGO el 11/3/2020

RECORDATORIO ANUAL - BOMBER@S CONSORCIO CORDOBA