viernes, 31 de octubre de 2014

Aclaraciones y disculpas del Gerente del Consorcio de Bomberos de Cordoba




 

Los DELEGADOS del Sindicato Independiente de Bomberos del Consorcio de Córdoba, con domicilio a efectos de notificaciones, en Córdoba, en Avenida del Mediterráneo s/n, CP 14011, ante el Consorcio comparecen y le,

COMUNICAN:
Tras las quejas recibidas por la gran mayoría de la plantilla de bomberos del Consorcio, ante las declaraciones realizadas por el gerente del Consorcio de Bomberos de Córdoba en el mes de Septiembre de 2014 en un medio televisivo en la ciudad de Lucena (Córdoba), los Delegados del SIBCC comunican que en el día de ayer 30 de octubre de 2014, estuvieron reunidos personalmente con el Sr. Gerente conversando sobre este hecho y aclarando el escrito registrado con fecha 27/10/2014.

De igual forma este Sindicato da traslado a toda la plantilla de bomberos que se ha producido una rectificación y aclaración pública del propio gerente de este Consorcio en el mismo programa televisivo, aludiendo a una mala interpretación de sus palabras, pidiendo disculpas a todo el colectivo de bomberos y haciendo ver que sus declaraciones hacían referencia expresa a una única persona en un caso puntual.

En el mismo término se produce una aclaración y explicación del gerente en cuanto a la percepción económica por parte del trabajador que es requerido para la realización de un servicio de fuegos artificiales, regulado en el artículo 30.2 del Acuerdo Marco vigente.
Córdoba, 31 de Octubre de 2014

Sin más, quedamos a vuestra disposición.
Atte.
Delegados del SIBCC

lunes, 27 de octubre de 2014

El Gerente de un Servicio de Bomberos Profesionales como es este, no debe menospreciar ni ridiculizar a sus trabajadores/as



A/A. SR. GERENTE DEL CONSORCIO DE BOMBEROS

Los DELEGADOS del Sindicato Independiente de Bomberos del Consorcio de Córdoba, con domicilio a efectos de notificaciones, en Córdoba, en Avenida del Mediterráneo s/n, CP 14011, ante el Consorcio comparecen y le,

DICEN:
Nos dirigimos a Vd., como Gerente de este Consorcio, para manifestarle el malestar y la avalancha de quejas producidas por infinidad de trabajadores del mismo ante las declaraciones realizadas por Vd. en un Medio televisivo en el Vd. frivoliza en un tono jocoso y totalmente inadecuado sobre un asunto acaecido con Bomberos del Parque de Lucena. No solo miente cuando habla sobre el dinero que cobra un bombero cuando hace alguna actividad extraordinaria, ya que esas cantidades están recogidas en el Acuerdo-Marco, sino que se salta ese Acuerdo- Marco dónde también está recogido cómo y con cuánto personal se atiende un servicio extraordinario. No es suficiente con esta actitud imprudente por su parte sino que también airea entre risas con los demás contertulios otro hecho ocurrido al día siguiente y sobre el que Vd. dice que abre expediente aclaratorio.

Como Delegados Sindicales y de Personal le pedimos que utilizando el mismo Medio de Comunicación se retracte de sus palabras y pida disculpas a todos/as los/as trabajadores/as de este Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios de Córdoba por lo que consideramos unas declaraciones improcedentes y desafortunadas y en el lugar incorrecto.       De no ser atendida esta petición y producirse una inmediata rectificación de sus palabras en el citado programa televisivo y la correspondiente petición de disculpas a todo el personal del Consorcio, pedimos la dimisión de sus funciones que como Gerente del Consorcio actualmente ostenta, petición que será elevada a instancias superiores en breve.

Asimismo nos permitimos decirle y recordarle que este tipo de situaciones debemos afrontarlas internamente sin necesidad de transcender a la opinión pública y por los medios y herramientas adecuados para ello. Que los hay.
Creemos firmemente que el Gerente de un Servicio de Bomberos Profesionales como es este, no debe menospreciar ni ridiculizar a sus trabajadores/as, entendiendo que este cargo de libre designación que usted ostenta debe ser ocupado por alguien que realmente confíe en sus profesionales, no los desprecie y se involucre firmemente con todos/as ellos/as.
Córdoba, 27 de Octubre de 2014


Francisco Arévalo Plata                      Marcelo Quintero Galisteo      Jose Manuel Arias Ruiz

SR. PRESIDENTE DEL CONSORCIO PROVINCIAL DE PREVENCIÓN
Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE CÓRDOBA


DENUNCIAN en primera instancia mediante el Registro General de Entrada el incumplimiento reiterado del Artículo 30.2



Los DELEGADOS del Sindicato Independiente de Bomberos del Consorcio de Córdoba, con domicilio a efectos de notificaciones, en Córdoba, en Avenida del Mediterráneo s/n (Colegios Provinciales), CP 14011, ante el Consorcio comparecen y,

DENUNCIAN en primera instancia mediante el Registro General de Entrada el incumplimiento reiterado del Artículo 30.2 del vigente y prorrogado Acuerdo Marco por parte de este Consorcio.             Instamos al responsable del mismo a que de las órdenes oportunas con el fin de cesar estos reiterados abusos e incumplimientos que hasta la fecha se vienen produciendo, utilizando al personal del turno (Jefe de turno/Bomberos Conductores) para otras funciones sin estar en sus cometidos diarios tal y como recoge el Acuerdo Marco en su ANEXO III. Funciones del Jefe de Turno y Funciones del Bombero Conductor.

“Articulo 30.2. Al personal que por necesidades tuviese que realizar algún servicio en días de descanso para ferias, romerías, rallyes, visitas de colegios actividades deportivas, I.T.V., reuniones de trabajo, o desplazamientos con vehículos del Consorcio…”
Córdoba, 26 de octubre de 2014


Francisco Arévalo Plata                      Marcelo Quintero Galisteo      Jose Manuel Arias Ruiz

SR. PRESIDENTE DEL CONSORCIO PROVINCIAL DE PREVENCIÓN
Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE CÓRDOBA



sábado, 25 de octubre de 2014

Ante las declaraciones públicas hechas por parte del Sr. Gerente de este Consorcio D. Juan Carlos Jurado García






 
D. FRANCISCO ARÉVALO PLATA, Presidente de la Junta de Personal Funcionario en el Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios de Córdoba, con domicilio a efecto de notificaciones en Córdoba, en Avenida del Mediterráneo s/n, por medio del presente documento comparece y le,

COMUNICA:
Ante las declaraciones públicas hechas por parte del Sr. Gerente de este Consorcio D. Juan Carlos Jurado García en el mes de septiembre de 2014 en una televisión local de Lucena, concretamente en el programa llamado “Plaza Nueva” en compañía de otros contertulios. La Junta de Personal de Funcionarios de este Consorcio de Bomberos rechaza frontalmente estas declaraciones vertidas contra este servicio de Profesionales por faltar a la verdad, por ridiculizar al conjunto de bomberos, por no ser el lugar adecuado y por no estar a la altura para defender este servicio de Profesionales.

Recordarle que el vigente y prorrogado Acuerdo Marco Consorcio-Sindicatos 2008-2011, especifica claramente los cauces que se deben seguir para solicitar el servicio de Bomberos en actividades no urgentes como ferias (fuegos artificiales). No por estar la feria situada en el mismo pueblo donde se ubica el Parque de Bomberos se debe mermar un servicio público que pagan todos los ciudadanos, no solo de Lucena, sino del resto de municipios que son atendidos por este personal.
Entendemos desde la Junta de personal que al igual que el resto de municipios solicitan al Consorcio la prestación de nuestros servicios para eventos de estas características, el Sr. Gerente no puede obviar que este es un servicio público y que se deben seguir los cauces reglamentarios desde el Ayuntamiento correspondiente y no actuar de otra forma distinta a la establecida.

Regulación de los Servicios Especiales.
Artículo 30.- Horas Extraordinarias.
Queda prohibida la realización de horas extraordinarias por el personal de este Consorcio acogido al presente Acuerdo Marco a excepción:
2.- Al personal que por necesidades tuviese que realizar algún servicio en días de descanso para ferias, romerías, rallyes, visitas de colegios actividades deportivas, I.T.V., reuniones de trabajo, o desplazamientos con vehículos del Consorcio, se le compensará como horas de Servicios Especiales con la cuantía del valor de hora de trabajo ordinaria, incrementadas en un 75%.
- Los Servicios Especiales en los que se prevea que pueda ser necesaria la intervención se realizarán al menos con dos bomberos-as/conductores-as.


Córdoba, 25 de Octubre de 2.014


SR. PRESIDENTE DEL CONSORCIO PROVINCIAL DE PREVENCIÓN Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y PROTECCIÓN CIVIL DE CÓRDOBA 




RECORDATORIO ANUAL - BOMBER@S CONSORCIO CORDOBA